jueves, 6 de junio de 2013

Para los concubin@s


¿Sabias que... si estas en pareja (NO CASAD@) y tenes tu certificado de convivencia realizado y presentado en rrhh, podes:
*...agregar a tu concubin@ a la obra social (si EL/ELLA está trabajando en blanco el trámite demora 3 meses aprox., si no está registrad@, es casi automático) y no implica ningún cargo extra?
*...tomarte hasta 10 días anuales por enfermedad de cónyuge (que incluye al concubino) que otorga nuestro convenio (contraentrega de certif. médico A RRHH).?

Informate, difundí, AFILIATE!

Empleados del Consejo Organizados
empleadosdelconsejo@gmail.com

domingo, 2 de junio de 2013

HORAS EXTRAS...y mas reuniones!

Te contamos:
Este jueves reanudamos las reuniones con UTEDyC! (la semana pasada no se pudieron realizar por un conflicto gremial que estaba atendiendo la gente del sindicato). 
Se acercan las elecciones en el Consejo y tenes un montón de preguntas...  ¿Me corresponden que me paguen las horas extras? ¿me corresponden los permisos por donación/estudio/tramites?  ¿Cómo me transporto si salgo tarde? ¿tengo derecho a decir que no me quiero quedar mas allá de mi horario habitual?
Todas las respuestas en la reunión del jueves o en este blog... seguinos y enterate que es lo que nos corresponde POR LEY!

Y Sabías que...


La Ley de contrato de trabajo MAS nuestro convenio dicen: 



Jornada de trabajo (CCT)

Art. 6 – La jornada ordinaria será de 8 horas diarias o 44 horas semanales. Las horas que excedan la jornada normal y habitual del trabajador se abonarán como extras con el recargo de las leyes vigentes. En lo demás se aplicará la Ley 20.744, que dice: 


Art. 201. —Horas Suplementarias (LCT)

El empleador deberá abonar al trabajador que prestare servicios en horas suplementarias, medie o no autorización del organismo administrativo competente, un recargo del cincuenta por ciento (50%) calculado sobre el salario habitual, si se tratare del días comunes, y del ciento por ciento (100%) en días sábado después de las trece (13) horas, domingo y feriados.

Y sabías que... para la gente que trabaja jornadas a tiempo parcial (esto es HASTA 6 seis horas x día) el CCT dice: 

"...este personal no podrá realizar horas extraordinarias, salvo los auxilios que se le requieran en caso de peligro grave o inminente para las personas o para las cosas incorporadas al establecimiento."


Y también la LCT nos dice: 


 "Los trabajadores contratados a tiempo parcial no podrán realizar horas suplementarias o extraordinarias, salvo el caso del artículo 89 de la presente ley. La violación del límite de jornada establecido para el contrato a tiempo parcial, generará la obligación del empleador de abonar el salario correspondiente a la jornada completa para el mes en que se hubiere efectivizado la misma, ello sin perjuicio de otras consecuencias que se deriven de este incumplimiento..."


Es decir, que si te quedas, te tienen que abonar el mes como si hubieras trabajado tu jornada completa!



SUMATE!! DEJÁ TU FICHA DE AFILIACIÓN EN LA REUNIÓN DE LOS JUEVES
o contactanos

Empleados del Consejo Organizados



miércoles, 22 de mayo de 2013

JUEVES 23 DE MAYO Sigue la mesa con UTEDyC!

Seguimos con la mesa de UTEDyC y seguimos, por suerte, afiliando compañeros que de a poco se suman y están con ganas de construir!

En estos días continuaremos develando respuestas del "¿Sabías que...? para seguir aclarando las dudas que nos llegan de los compañeros de los distintos sectores. Dejanos la tuya y te contestamos! estamos con asesoramiento jurídico y sindical permanente!

AFILIATE! Fotocopia del DNI, fotocopia del último recibo de sueldo y la ficha de afiliación que la descargas aca. La foto te la sacan cuando vas a dejar la ficha si es que no tenes.

SUMATE



Empleados del Consejo Organizados



lunes, 20 de mayo de 2013

¿SABÍAS QUE...

...si manejas dinero y/o tarjetas y/o cheques, ya sea en una sede, en el edificio central o en un evento y es tu tarea HABITUAL, te corresponde el 10% de tu sueldo en concepto de fallo de caja? NO IMPORTA EL MONTO QUE MANEJES! y TAMPOCO existe un periodo de prueba y menos "medio fallo" de caja... Y si es tu tarea exclusiva también te corresponde la categoría de cajero!
No te dejes engañar y reclama convenio en mano! Nuestro CCT dice:

Art. 23 – El personal que realice con carácter permanente tareas de cajero y en razón de ellas reciba y/o pague sumas de dinero en efectivo percibirá mensualmente un adicional por “falla de caja” equivalente al diez por ciento (10%) del básico mensual que corresponda a la 2da. categoría del personal administrativo y mientras permanezca en dicha función.

Afiliate, siguen las mesas con UTEDyC... entre todos podemos conseguir mas derechos y mejores condiciones de trabajo!


Empleados del Consejo Organizados



martes, 14 de mayo de 2013

Reunión con UTEDyC de esta semana

Más allá de que ya lo hayan informado desde RR.HH., nosotros queremos re-confirmar que este jueves 16/05 a las 11.15 hs y a las 12:00 hs en las salas habituales, están programadas las reuniones con UTEDyC.

Nuevamente, salvo los altos cargos explicitados en el Convenio Colectivo de Trabajo, a la misma podrán concurrir, tanto aquellos que están incluidos en el convenio como aquellos que no lo están pero que deberían de estarlo, tanto aquellos que están bajo relación de dependencia, como aquellos que no lo están y  que deberían de estarlo. 


ESTA SEMANA EN LAS SALAS DEL 1ER PISO CONTINUAMOS!! Confirmá día y horario con tu encargado para poder asistir.

INFORMATE SOBRE TUS DERECHOS, es la mejor herramienta para poder hacer valer tu trabajo!
  

martes, 7 de mayo de 2013

OTRO JUEVES DE REUNIÓN!

¡¡CONFIRMADÍSIMO!!

ESTE JUEVES 9 de MAYO Reunión con UTEDYC Nacional en el Consejo, horario al confirmar (al mediodía aprox.), solo le avisas a tu encargado/a y vas!
Aunque las suspendan sin avisarnos, aunque escondan la información, aunque nos quieran intimidar con llamados y preguntas desubicadas, NOSOTROS SEGUIMOS!!
Sumate a las reuniones, sacate todas las dudas y AFILIATE!



empleadosdelconsejo@gmail.com

lunes, 6 de mayo de 2013

Información que DESinforma

El Consejo ha informado, erróneamente,  que los empleados y empleadas que fueran secretarias, encargados, asesores, etc. no están ni tienen derecho a estar incluidos en el Convenio que nos contiene... eso es lisa y llanamente una MENTIRA! El artículo 3 de NUESTRO CCT dice:

Art. 3 – Están comprendidos dentro de los beneficios de esta Convención todos los trabajadores que se desempeñen en las Instituciones Deportivas y Asociaciones Civiles que pertenezcan a las ramas administrativas, de maestranza o cualquier otro servicio. (...) a fin de evitar dificultades en la interpretación y aplicación, las partes convienen que está excluidos de este convenio colectivo el personal superior que integre los tres primeros niveles jerárquicos del organigrama inmediatamente por debajo de la Comisión Directiva, del Directorio, del Consejo o denominación similar que se utilice para designar el órgano colegiado que dirige la institución. Se considera que integran dichos tres niveles  excluidos de este convenio colectivo las siguientes funciones: gerente general, gerentes y subgerentes o funciones similares de mayor responsabilidad que las indicadas en la categoría 1a. de supervisión. El resto del personal que se desempeña en relación de dependencia de las instituciones de la actividad se encuentra comprendido en el presente convenio colectivo.

Les contamos que las reuniones con UTEDyC continúan, para que te puedas informar sobre los beneficios y, lo mas importante, sobre cuales son tus derechos (qué categoría te corresponde por tus tareas, como se pagan las horas extras, como ingresar al convenio si te dejaron afuera etc.). 

ESTA SEMANA EN LAS SALAS DEL 1ER PISO CONTINUAMOS!! Confirmá día y horario con tu encargado para ir.

INFORMATE SOBRE TUS DERECHOS, es la mejor herramienta para poder hacer valer tu trabajo!


Empleados del Consejo Organizados