jueves, 13 de diciembre de 2012

Seguinos en facebook! http://www.facebook.com/empleados.consejoorganizados 
Cada vez somos mas los que estamos perdiendo el miedo, sumate y conocé tus derechos. Sindicalizarse no es un capricho, es lo que nos permire tener voz y voto para que se cumpla con la ley. SUMATE! averiguá, hablá con tus compañeros y escribinos: empleadosdelconsejo@gmail.com 

miércoles, 5 de diciembre de 2012

MITOS Y VERDADES SOBRE EL SINDICATO - PARTE I


1. ¿Es verdad que si me afilio me pueden sacar SIMECO?
No, es absolutamente falso. Así sea el Consejo el proveedor de la obra social, ellos no pueden meterse con lo que legalmente se denomina "libertad de elección de la obra social". El trabajador opta por la que cree mas conveniente.
2. ¿Afiliarse puede producir por parte del consejo alguna quita de beneficios de años (lease comedor, horas a compensar)?
Estos beneficios se denominan "derechos adquiridos", que están protegidos por la LCT y esto significa que no se pueden sacar, pero siempre que haya un sindicato que los proteja.
3. ¿Es posible que por afiliarme el Consejo pueda quitarme a mi (o como represalia al todos) los últimos beneficios cómo viernes libre, premio por desempeño, día libre de cumpleaños?
Los beneficios que tienen mas de dos años de antigüedad ya entran en la categoría de derechos adquiridos, por lo cual se aplica lo mismo que en la pregunta anterior. 
4. ¿Si me afilio al sindicato, y hay beneficios que se "repiten" (por ejemplo la Farmacia) se excluyen mutuamente, o puedo usar los dos?
Se pueden usar ambos, los beneficios nunca se exluyen, sino que se suman entre si.
5. Si me afilio, el sindicato me descuenta el 2,5% del sueldo, ¿el consejo me puedo dejar de cubrir el 2% que actualmente me compensa?
Pueden hacerlo, si, pero incurren en una conducta "antisindical" que es penada por la ley (castigan al que se afilia por sobre el que no). Actualmente a los afiliados del sindicato si nos descuenta, pero representa, en un sueldo promedio, $130.- que se ven compensados por la representación gremial + todos los beneficios.
6. ¿Cuales son las atribuciones concretas del delegado? si me sindicalizo y no me gusta quien salió elegido, cuales son mis opciones?
El delegado es el intermediario entre las autoridades y los trabajadores, tiene derecho a estar presente en los sectores que represente, a recoger consultas y reclamos y plantearlos ante las autoridades.  Es la VOZ  de los trabajadores. Cuenta con una inmunidad de 2 años (no se lo puede despedir) y es FUNDAMENTAL para canalizar todos las demandas y hacer cumplir los derechos protegidos por la Ley de Contrato de trabajo  Las atribuciones son todas las indicadas por la ley de asociaciones sindicales. Y si el delegado electo incurriera en alguna falta, se lo puede revocar por asamblea de los trabajadores (con el quorum necesario para hacerlo).
7. Beneficios de sindicalización: Hoteles muy económicos que son del gremio, farmacia, ortopedia, Obra social, asesoramiento legal y muchos mas (en la página se pueden ver http://www.utedycba.com.ar/ba/  y sino llamando: 5277-6200
8. ¿Hay posibilidad que una vez sindicalizados y con delegados, se firme convenio particular en donde todos los beneficios que el Consejo da, queden por escrito y se garantice la permanencia e imposibilite que el Consejo lo quite cuando quiera? 
Si, en absolutamente posible la firma de un convenio que garantice los derechos ya otorgados, y, de hecho, a eso se apunta con la sindicalización, a formalizar los derechos.
9. Si estoy afiliado, ¿puedo no trabajar el dia Utedyc o adherirme a un paro al que se adhiera el sindicato, sin represalias de ningún tipo? 
No tiene por que haber represalias, legalmente hablando. Vos estás sindicalizado y es tu pleno derecho adherirte a un paro del Sindicato en cuyo convenio estas legalmente encuadrado.  Como también no ir a trabajar el día de UTEDyC
11. ¿Cuantos delegados podemos tener? Cuantos afiliados necesitamos? Como es la proporción  según cantidad de empleados?
Con diez personas sindicalizadas, el Sindicato ya puede llamar a elecciones y se puede votar delegado. La otra buena nueva es que si hay mas de diez empleados por delegación y/o edificios anexos (en el anexo, o en Ayacucho, el las sedes descentralizadas, etc.) puede haber un delegado por edificios y, lean bien, ese delegado es votado SOLO por la gente de ese edificio.
12. ¿Qué significa que a "igual tarea igual salario"?
Esa tarea se da una vez que la gente esté sindicalizada, es decir: vos te afilias y vas con tus últimos 24 recibos de sueldo a  UTEDyC y decis "tengo diferencias salariales: por el mismo cargo cobro menos que otro compañero/a  y hacemos las mismas tareas". Ahí los abogados del sindicato, te hacen la nueva liquidación y el empleador te tienen que abonar las diferencias salariales de manera RETROACTIVA.  También se liquidan diferencias salariales por una enorme cantidad de conceptos que van desde horas extras, pasando por feriados, hasta porcentajes mal liquidados.
13. Otro punto importante  ¿que pasa si nos afiliamos pocos y nos despiden?
No si despiden a pocos, si despiden a uno solo, ya  interviene directamente el sindicato. En el Colegio de Abogados por ejemplo, por una sola compañera la gestión de UTEDyC logró en la reincorporación de esta persona. (http://www.utedyc.org.ar/noticias/sentencia.html)
Toda esta info. fue provista por la gente de UTEDyC y consultada a abogados. Queda la segunda parte, cualquier duda, estamos a la espera de consultas!  Saludos compañer@s!

Empleados del Consejo Organizados
empleadosdelconsejo@gmail.com