jueves, 6 de junio de 2013

Para los concubin@s


¿Sabias que... si estas en pareja (NO CASAD@) y tenes tu certificado de convivencia realizado y presentado en rrhh, podes:
*...agregar a tu concubin@ a la obra social (si EL/ELLA está trabajando en blanco el trámite demora 3 meses aprox., si no está registrad@, es casi automático) y no implica ningún cargo extra?
*...tomarte hasta 10 días anuales por enfermedad de cónyuge (que incluye al concubino) que otorga nuestro convenio (contraentrega de certif. médico A RRHH).?

Informate, difundí, AFILIATE!

Empleados del Consejo Organizados
empleadosdelconsejo@gmail.com

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